Sociedad de Geriatría y Gerontología de Chile manifiesta su postura frene a solicitud de un “certificado médico de lucidez”.

Ante el surgimiento de una serie de inquietudes sobre la solicitud de un “certificado médico de lucidez” por parte de una notaría a personas mayores de 65 años, para permitirles suscribir documentos, tales como una venta de propiedad o validar un testamento, la Sociedad de Geriatría y Gerontología de Chile, manifiesta lo siguiente:

La edad de una persona mayor no es una variable decisiva para cerciorarse de su capacidad para suscribir actos o celebrar contratos que afectan su patrimonio, pues con ello se presume en los hechos una eventual incapacidad en la toma de decisión basándose sólo en “la edad”, y se soslayan aspectos técnicos, la evidencia y los preceptos de la Convención Interamericana sobre la Protección de los Derechos Humanos de las Personas Mayores, que Chile suscribe en el año 2015.

La evidencia es contundente al considerar que más del 85% de las personas mayores en Chile es autovalente, que son un colectivo diverso y heterogéneo, y que la toma de decisiones solo tomando en cuenta la edad en cualquier ámbito perpetúa el edadismo, un tipo de discriminación que es urgente erradicar, tal como lo ha señalado la OMS en el Plan para el decenio del Envejecimiento Saludable 2020-2030, y desde mucho antes la COMLAT, las diferentes Sociedades de Geriatría y Gerontología en el mundo, la academia, organizaciones de la sociedad civil y las propias personas mayores en diferentes puntos del planeta.

La discriminación por edad, el edadismo, es incompatible con los derechos humanos. La Convención de la que hemos hecho referencia consagra, entre otros, el derecho a la independencia y autonomía, que faculta a las personas mayores para adoptar sus propias decisiones, de acuerdo con las reglas generalmente aceptadas por la legislación civil.

Cualquier instancia pública o privada, cuya obligación por ley requiere cerciorarse de ciertos hechos como ministro de fe pública, tiene el desafío de diversificar sus actuaciones para resguardar eventuales responsabilidades legales, y que no puede ser la edad de una persona mayor el criterio único.

Estos lamentables hechos, que una vez más salen a la luz por quienes han sido afectados y vulnerados en sus derechos, requiere una solución con sentido de país envejecido por medio de un abordaje integral de los actores e instituciones del Estado y la sociedad en su conjunto. Al respecto, instamos a que no se solicite por defecto el certificado de indemnidad cognitiva a personas mayores de 65 años, sino que sólo se pida en caso de que amerite duda, pues este tema puede ser materia de debate en una mesa de trabajo multidisciplinaria para jurisprudencias que se puedan establecer en el futuro y que de su resultado surjan orientaciones, protocolos y disposiciones a difundir y utilizar por las instancias pertinentes.

Finalmente y en el inicio de la Década del Envejecimiento Saludable, hacemos un llamado como Sociedad de Geriatría y Gerontología de Chile, a seguir los lineamientos de la OMS contra el edadismo para construir un país para todas las edades, y hacia un cambio positivo sobre nuestra forma de pensar, sentir y actuar con respecto a la edad y el envejecimiento.


Directorio
Sociedad de Geriatría y Gerontología de Chile